La oposición cierra filas para modificar la Ley de DNU: qué dice el dictamen firmado en el Senado

En medio de una seguidilla de malas noticias para el oficialismo desde el Congreso, distintos bloques acordaron un proyecto que podría aprobarse pronto en la Cámara alta. Todo apunta a que podría haber una nueva sesión en los próximos días. El impacto de las causas por el fentanilo contaminado y las presuntas coimas en la ANDIS envalentonó a la oposición para ir en busca de la aprobación de proyectos que generan tensión con Casa Rosada y que buscan fortalecer el rol de contrapeso del Congreso.

La reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado pasó un tanto desapercibida mientras en la Cámara de Diputados, el pasado miércoles 20 de agosto, se trataba un amplio temario. Pero lo resuelto después de ese encuentro genera otra propuesta que pone en alerta al Gobierno: la reforma de la Ley de DNU.

El tema intentó tratarse el año pasado en la Cámara de Diputados, cuando se emplazó a comisiones para dictaminar, pero nunca logró llevarse al recinto. Incluso por esos días, en octubre de 2024, el presidente Javier Milei salió a rechazar la idea y no dudó en decir que si fuera ley la vetaría, porque pese a no tratarse de una norma con costo fiscal, la considera «un golpe de Estado». En aquel momento se habían presentado más de una decena de propuestas, algunas de ellas inspiradas en proyectos que llevaban años cajoneados en el Congreso.

Ahora, la iniciativa por reformar la ley de la que fuera impulsora -cuando fue senadora- la expresidenta Cristina Kirchner viene con chances en el Senado y pronto podría debatirse en el recinto. Sucede que distintos bloques de la oposición se pusieron de acuerdo y avanzaron con
un proyecto unificado, cuya letra se conoció después de la sesión que
hubo el jueves 21 en la Cámara alta, donde el oficialismo no pudo evitar
una nueva seguidilla de derrotas parlamentarias. 

La transversalidad para avanzar en una modificación de la Ley 26.122, con el objetivo de limitar el uso que hace el Poder Ejecutivo de los Decretos de Necesidad y Urgencia, una herramienta con rango constitucional desde 1994, pero con un historial de abusos presidenciales desde mucho antes, se vio plasmada en las firmas que recogió el dictamen: Alejandra Vigo y Juan Carlos Romero, de Provincias Unidas; la larretista Guadalupe Tagliaferri; los radicales Eduardo Vischi, Flavio Fama y Pablo Blanco; la rionegrina Mónica Silva; y José Neder, Mariano Recalde, Florencia López, Silvia Sapag y Daniel Bensusán, todos de Unión por la Patria.

De acuerdo al despacho, uno de los cambios incorpora el artículo 1 bis a la Ley 26.122, de modo de establecer que los decretos de necesidad y urgencia, los delegados y los de promulgación parcial de leyes «deberán versar sobre una única materia a fin de que sean tratados individualmente por el Congreso de la Nación».

«Si la situación invocada requiriera el dictado de normas en más de una materia, cada una de ellas deberá ser objeto de un decreto individual», agrega, con el fin de evitar los «mega» decretos, como fue el DNU 70/2023, con el cual Milei inauguró su gestión y que modificó o derogó más de 300 normas que referían a un universo bastante amplio, abarcando desde regulaciones en el mercado laboral y de los alquileres, hasta el sector energético y de la administración pública.

Otra de las reformas es la incorporación del artículo 21 bis, que indica que «ambas Cámaras podrán abocarse aun durante el período de receso parlamentario al expreso e inmediato tratamiento de los decretos».

Una de las cuestiones centrales es la modificación del artículo 22, el cual se refiere al aval de los decretos por parte del Congreso. Los mismos se considerarán aprobados «cuando así lo dispongan expresamente ambas Cámaras por la mayoría absoluta de los presentes, en un plazo de noventa 90 días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial». Actualmente, con el voto a favor de una sola cámara basta para que un decreto se ratifique, mientras que para ser anulado debe ser rechazado en ambas.

El texto añade que una vez votado en una cámara, dentro de las 48 horas deberá comunicarse el pronunciamiento a la otra. En cuanto al artículo 24, la nueva redacción indica que «el rechazo del decreto por una de las Cámaras del Congreso de la Nación, o el vencimiento del plazo previsto en el artículo 22°, implicará su derogación», esto «quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia». En la actualidad, para rechazar un decreto, se requiere que ambas cámaras lo hagan. Basta con que una sola lo ratifique o bien, nunca lo trate en sesión, para que decreto mantenga su vigencia.

Además, sostiene que, rechazado un decreto de necesidad y urgencia, o de delegación legislativa, el Poder Ejecutivo no podrá dictar otro que verse sobre la misma materia durante ese año parlamentario.

Más de una decena de proyectos y una frustrada sesión para limitar los poderes del «monarca»

Desde que asumió Javier Milei asumió la presidencia, la oposición presentó cerca de 20 proyectos para modificar la ley 26.122, que establece el régimen de tratamiento de los DNU. El primero ingresó el 26 de diciembre del 2023 en el Senado, pocos días después de que Milei firmara el mega DNU 70/2023, un hito fundacional que dio la primera señal de cómo pretendía ejercer el poder y cuál sería la relación con el Congreso.

Con el correr de los meses, se sumaron otros proyectos que llevan la firma de diputados y senadores de la UCR, la Coalición Cívica (CC), el bloque Encuentro Federal y el peronismo. Todos apuntan a establecer tiempos razonables para el tratamiento de los DNU en el Congreso y a limitar su uso por parte del Poder Ejecutivo.

Las intenciones originales de la oposición eran sancionar la nueva ley antes del fin del período de sesiones ordinarias del año pasado, para evitar que el presidente abuse del uso de los DNU durante el receso legislativo. En un principio se logró emplazar a las comisiones pertinentes en Diputados para pasar a la firma un dictamen y luego llevar el tema a sesión, pero los bloques opositores nunca lograron los votos necesarios para avanzar con la sanción de la normativa y el tema quedó en stand by, hasta ahora.

La propuestas que por estas horas se debate en el Senado altera sustancialmente lo establecido en la ley 26.122, que fue sancionada en 2006, con Néstor Kirchner como presidente, e impulsada en el Congreso por Cristina Fernández de Kirchner, quien en ese entonces era senadora. De acuerdo con esa norma, la derogación sólo se alcanza cuando el DNU haya sido rechazado “por ambas cámaras”. Eso le da amplias facultades legislativas al Presidente. Como consecuencia de la ley vigente, sigue vigente el DNU 70/2023, pese a que fue rechazado en marzo del 2024 por el Senado.

Los primeros DNU rechazados  

En septiembre del 2024, el Senado rechazó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 656/2024 mediante el cual el gobierno de Milei amplió el presupuesto de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) en $ 100 mil millones en carácter de fondos reservados. En total, la oposición logró reunir 49 votos para el rechazo, mientras que sólo 11 senadores votaron en favor de la vigencia del decreto y hubo 2 abstenciones.

Como el DNU ya había sido rechazado por la Cámara de Diputados, quedó formalmente derogado por el rechazo de ambas cámaras. Fue la primera vez en la historia, desde que los DNU fueron incorporados a la Constitución nacional, que el Congreso le rechaza esta herramienta a un presidente.

La semana pasada, cuando el Senado completó el rechazo del DNU 340/2025, se concretó el segundo rechazo en la historia. Con ese instrumento, el Ejecutivo nacional aprobaba un nuevo Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional, declarando como servicio esencial a la navegación de agua marítima, limitando el derecho a huelga de los trabajadores

¿Qué presidentes utilizaron más DNUs durante su gobierno?

Sin contar la actual gestión, el presidente que más DNU dictó durante su gestión fue Néstor Kirchner (Partido Justicialista), con 236. Le siguen Carlos Menem (Partido Justicialista), con 195; Alberto Fernández (Frente de Todos), 177; Eduardo Duhalde (Partido Justicialista), 154; Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria), 78; Mauricio Macri (Cambiemos), 71; Fernando de la Rúa (Alianza), 59; y Adolfo Rodríguez Saá (Partido Justicialista), 6.

Desde la reforma constitucional de 1994, se emitieron más de 700 DNU. Es decir que aún en aquellos casos en los que el Presidente no tenía mayoría en ambas Cámaras, los DNU no fueron rechazados. Entre ellos, podemos
contar hitos como la declaración de emergencia pública y
alimentaria de Eduardo Duhalde, la modificación de la Ley de Medios
realizada por Mauricio Macri, la intervención de la Agencia Federal de
Inteligencia, la ley de emergencia ocupacional de Alberto Fernández, y el ya mencionado DNU 70/2023 de Milei, que rompió todos los moldes al contar con 600 páginas.

Hasta ahora Javier Milei emitió 57 DNU y le rechazaron 2. Si bien emitir DNU es una facultad constitucional del Poder Ejecutivo, para un sólido funcionamiento del sistema de frenos y contrapesos resulta fundamental que el Congreso, como poder representativo de toda la ciudadanía por excelencia, ejerza su rol de control, así como el de sanción de las leyes. Por ello, es necesario un profundo debate de la legislación, que incorpore la mirada de los distintos sectores políticos y tenga en cuenta la participación de la sociedad civil y el sector privado, para que los cambios en políticas públicas sean acordados e inclusivos, y así, más estables y duraderos.

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