Día de la mujer migrante: entre la impunidad y la justicia simbólica

23 años pasaron desde que Marcelina Meneses y su hijo Joshua Torres fueron arrojados de un tren en marcha en un acto de xenofobia explícita. La mañana del 10 de enero de 2001, Marcelina había salido camino al hospital Finochietto de Avellaneda. En la espalda cargaba a su hijo y, en los brazos, un montón de bolsas. En el tren nadie le cedió el asiento. Cuando se disponía a bajar en la estación de Avellaneda rozó con las bolsas a uno de los pasajeros. Insultos. Un tumulto de gente. Gritos. “Otra vez los bolivianos haciendo quilombo”, se escuchó decir. “¡Daniel, la puta que te parió, la empujaste!”, se escuchó gritar. El tren se detuvo y Julio César Giménez, único testigo en la causa que se abrió después, vio los cuerpos de Marcelina y Joshua tendidos.

La investigación por el hecho fue caratulada como averiguación de causales de muerte. La empresa TMR ferrocarriles aseguró que Marcelina caminaba por el sector de vías cuando el tren la rozó. El único testimonio que se presentó fue descartado por el fiscal Andrés Devoto y la causa fue cerrada. Las muertes de la mujer y su hijo quedaron impunes.

Julio declaró ante la justicia y ante los medios de comunicación que ese día, apenas llegó la policía, se acercó a decirles que había visto lo ocurrido. Lo corrieron detrás de las vallas. También contó que sufrió presiones e intento de soborno de parte de la empresa TMR de ferrocarriles para que no testificara.

Desde 2012, a través de la Ley 4.409, la Legislatura Porteña declaró el 10 de enero como el Día de las Mujeres Migrantes en honor a Marcelina. “La fecha pretende concientizar, visibilizar y sensibilizar sobre situaciones de violencia y vulneración de derechos que sufren diariamente las mujeres migrantes. Es por ello que recordamos que, además de las normas internacionales que garantizan los derechos de las personas migrantes, en nuestro país se encuentra vigente la Ley de Migraciones N.º 25.871, sancionada en el año 2003”, señala en su página web el Inadi (Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo).

El Día de la Mujer Migrante no es aún un día nacional porque, a pesar de impulsarse un proyecto de Ley que así lo declare, no ha sido tratado hasta la actualidad.

Derechos garantizados, derechos en riesgo

¿Qué dice la Ley de Migraciones? Que el derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona. Que la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad. Que el Estado asegurará las condiciones que garanticen una efectiva igualdad de trato a fin de que las personas migrantes puedan gozar de sus derechos y cumplir con sus obligaciones. Que en todas sus jurisdicciones se asegurará el acceso igualitario de las personas migrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan las nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social.

Entre otros derechos, la Ley nacional reconoce a las personas migrantes el acceso a la educación pública o privada de todos los niveles, a la salud, a la asistencia social o atención sanitaria; a recibir información acerca de sus derechos, obligaciones y cualquier otra cuestión que le permita o facilite cumplir formalidades administrativas o de otra índole; a la reunificación familiar; a la participación en las decisiones relativas a la vida pública y a la administración de las comunidades locales donde residan, entre otros.

¿Y cuál es el riesgo hoy? El proyecto de Ley ómnibus que el presidente Javier Milei pretende que sea aprobado (y que el Congreso trata desde ayer) atenta, entre tantos otros, contra estos derechos ya ganados. Ocurre que uno de los artículos habilita a las casas de estudios a cobrar un arancel a los extranjeros no residentes que aspiren a estudiar una carrera de grado en universidades públicas. “Es una Ley ómnibus sin freno, porque se lleva puesto todo”, dice Adrián García, titular de la Dirección de Asuntos Migrantes de la Universidad Nacional de La Plata. En una entrevista brindada a la Radio Universidad de La Plata, García comenta que el proyecto colisiona con la Constitución Nacional, en su preámbulo.

“Tiene varias inconsistencias el proyecto”, advierte García y marca la contradicción con La Ley de Migraciones. “En su Artículo 4 establece garantizar los principios de igualdad y de universalidad para todo aquel migrante como sujeto de derecho. En el Artículo 7, refiere sobre las irregularidades migratorias, que no impiden la admisión de un alumno a un establecimiento educativo. Mientras que el Artículo 6 sí habla sobre asegurar el acceso igualitario a los migrantes y a sus familias en condiciones de protección y amparo de los mismos derechos que gozan los nativos”, remarca el especialista.

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