La Caja Popular de Ahorros de Tucumán emitió un comunicado firmado por su interventor, el Dr. José César Díaz para explicar a los tucumanos y tucumanas «las razones por las que no se comercializa el juego Telekino» en nuestra provincia: la entidad financiera brindó detalles del convenio firmado en 1992 con la empresa de origen chileno Loterking SA, que «incumplió de forma sistemática» sus obligaciones contractuales como que «se negó a emitir facturas para percibir sus comisiones» e incluso «utilizó esta maniobra para simular un incumplimiento por parte de la Caja Popular y rescindir de manera ilegal el vínculo contractual con la Institución«.
A LA OPINIÓN PÚBLICA EN GENERAL
Las autoridades de la Caja Popular de Ahorros nos dirigimos a la opinión pública en general a los efectos de explicar las razones por las que no se comercializa el juego Telekino en Tucumán.
Telekino es un juego de origen chileno, propiedad de la Lotería de Concepción de ese país y que se comercializaba con el nombre de Kino.
La empresa Loterking S.A., posee la explotación de la marca (licencia) del juego Telekino en el ámbito de nuestro país.
En el año 1.992 la Caja Popular de Ahorros firmo un convenio con la empresa Loterking S.A. para comercializar en forma conjunta el juego Telekino a partir del mes de Abril de ese año.
Según el convenio, la Caja Popular de Ahorros debía generar convenios con otras loterías del país para la comercialización del juego Telekino en sus provincias y le pagaba un porcentaje de la venta bruta a Loterking S.A. como comisión, a cambio de asesoría global, la impresión de cartones, el procesamiento del juego, seguro de caución, software y logística del juego.
Loterking S.A. incumplió en forma sistemática, y pese a los constantes requerimientos de la Caja Popular, sus obligaciones contractuales tales como la emisión de facturas por las comisiones que percibía y la no presentación de documentación como ser la vigencia del convenio de explotación de la licencia de la Lotería de Concepción de Chile, los estados contables certificados, las declaraciones juradas de ganancias, I.V.A., Libro I.V.A., recibos de cobranzas, retenciones practicadas, constancias de inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Municipalidad, Certificado de Cumplimiento Fiscal, ni los Estado de Cuenta y Mayores con la Caja Popular y las provincias cedidas.
Estos incumplimientos graves por parte de Loterking S.A. ocasiono que la Caja Popular de Ahorros no pudiera conciliar los registros fiscales y contables para determinar las retenciones impositivas del impuesto a las ganancias e ingresos brutos que debían practicarse.
No solo Loterking S.A. se negó a emitir facturas para percibir sus comisiones, sino que también utilizó esta maniobra para simular un incumplimiento por parte de la Caja Popular y rescindir de manera ilegal el vínculo contractual con la Institución con vencimiento en Marzo de 2.023, mediante carta documento de fecha 10/12/21.
La Caja Popular de Ahorros, basándose en el instituto del pacto comisorio, ejerció su facultad de resolver el contrato con Loterking S.A., e iniciar las acciones judiciales correspondientes en su carácter de autoridad de contralor y aplicación del juego de azar (Ley N°6.274) y en su condición de Ente Autárquico del Estado Provincial (Ley N°5.115), por los daños y perjuicios ocasionados.
La Institución se encuentra abocada desde el inicio de la actual gestión a realizar acciones concretas en pos de brindar legalidad y transparencia a los juegos de azar en la provincia, y muestra de ello es que el 26 de agosto pasado fue certificado por el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) el sistema de gestión de calidad del juego Quiniela por cumplir con los estándares de las normas ISO 9001.