Los empleados de comercio, que representan uno de los grupos laborales más numerosos del país, recibirán un incremento salarial durante el mes de agosto. Aunque el nuevo acuerdo paritario se alcanzó en junio entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresariales, la resolución se oficializó recién a fines de julio, acompañada de la publicación de las grillas con los nuevos valores correspondientes a cada categoría.
El convenio actualizado abarca los meses de julio a diciembre de 2025, permitiendo conocer con precisión cuánto percibirán los trabajadores de este sector hasta fin de año. Se trata de un aumento total del 6%, otorgado en forma de asignación remunerativa y no acumulativa, que se aplicará de manera progresiva y escalonada. Cada mes se incrementará un 1% sobre las escalas básicas de junio 2025, sumando además un monto fijo mensual de $40.000 para todas las categorías.
De esta manera, la evolución de los incrementos para los próximos meses queda estructurada de la siguiente forma:
Julio: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.Agosto: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.Septiembre: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.Octubre: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.Noviembre: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.Diciembre: 1% de aumento + $40.000 de suma fija.
Estos ajustes se aplicarán sobre las escalas básicas correspondientes al mes de junio de 2025, garantizando un aumento uniforme y progresivo para todos los empleados de comercio.
Montos salariales de agosto 2025 según categoría
Personal de maestranza
Categoría A: $1.055.954Categoría B: $1.058.895Categoría C: $1.069.199
Administrativos
Categoría A: $1.066.994Categoría B: $1.071.413Categoría C: $1.075.827Categoría D: $1.089.078Categoría E: $1.100.117Categoría F: $1.116.311
Cajeros
Categoría A: $1.070.672Categoría B: $1.075.827Categoría C: $1.082.452
Auxiliares
Categoría A: $1.070.672Categoría B: $1.078.033Categoría C: $1.102.325
Auxiliares especializados
Categoría A: $1.079.509Categoría B: $1.092.756
Vendedores
Categoría A: $1.070.672Categoría B: $1.092.759Categoría C: $1.100.117Categoría D: $1.116.311
Para aquellos trabajadores que desempeñen tareas discontinuas, trabajen a tiempo parcial, bajo jornada reducida (ya sea legal o convencional), o hayan tenido ausencias injustificadas, el incremento se aplicará de manera proporcional a la cantidad de horas trabajadas.
Además, a estos valores se suma el concepto de antigüedad: cada año trabajado otorga un 1% adicional, aplicable tanto a las cifras remunerativas como a las no remunerativas, incluyendo la suma fija establecida en el nuevo acuerdo.
Por último, el convenio establece que las partes firmantes se comprometen a reunirse en noviembre de 2025 para analizar las escalas básicas, sumas y porcentajes, considerando posibles variaciones económicas que puedan haber afectado los salarios. Esto permitirá realizar ajustes futuros si las condiciones del contexto económico así lo requieren.