Proponen que el tránsito de buques hacia las Malvinas “no constituya un Paso Inocente”

La iniciativa es impulsada por la diputada Agustina Propato que modifica el régimen de autorización previa establecido en el DNU 256/10 en “defensa de nuestra integridad territorial”.

La diputada nacional Agustina Propato (UP) presentó un proyecto de ley para declarar que el tránsito de buques vinculados a la logística, defensa, pesca e hidrocarburos hacia las Islas Malvinas, no constituye un Paso Inocente.

“La defensa de nuestra integridad territorial exige actos concretos frente al abastecimiento de la ocupación ilegítima. No alcanza con la diplomacia ni tampoco con proyectos de ley a la carta redactados por intereses ajenos a los argentinos”, argumentó la diputada y aclaró: “Por eso proponemos prohibir el tránsito de los buques saqueadores, crear un registro de buques infractores y establecer sanciones reales para proteger lo que nos pertenece”.

El proyecto establece en su artículo 1 que el tránsito de buques o artefactos navales, cualquiera sea su bandera, que se dirijan a puertos ubicados en las Islas Malvinas, Georgia del Sur y Sándwich del Sur, y los espacios marítimos e insulares correspondientes, o que provengan de ellos, o que transporten cargas o personas vinculadas directa o indirectamente a actividades de logísticas, militares, hidrocarburíferas, pesqueras o de infraestructura en dichos territorios, no constituye paso inocente en los términos del derecho internacional y de la posición soberana de la República Argentina.

La iniciativa también prohíbe el tránsito por aguas bajo jurisdicción argentina de todo buque o artefacto naval que realice actividades descriptas previamente. “La Prefectura Naval Argentina o la Armada en caso de corresponder, adoptarán las medidas necesarias para impedir dicho tránsito, incluyendo la intimación a detener la marcha, modificar el rumbo o abandonar las aguas jurisdiccionales, y procederá a la identificación y registro del buque y de su carga”, plantea.

Además, prohíbe emitir autorización, permiso o habilitación alguna que permita el tránsito de buques comprendidos en el artículo 1 y establece que “la solicitud que se presente en tal sentido será inmediatamente rechazada por la autoridad competente sin sustracción, por resultar contraria a la calificación legal”.

También, propone la creación de un Registro de Buques Infractores en el ámbito de la Prefectura Naval Argentina en el que se asentarán los buques que hayan realizado o intentado realizar actividades prohibidas. “La inscripción será comunicada a las autoridades portuarias, aduaneras y migratorias, y será considerada a los efectos de la contratación del Estado y del acceso a puertos argentinos”, agrega.

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