En una causa patrocinada por el abogado Dr. Alejandro Daud Álvarez, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán dejó firme una sentencia que condena a la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán (EDET S.A.) a indemnizar a una usuaria con la suma de $3.400.000 por los daños sufridos como consecuencia de un corte y posterior retorno defectuoso del servicio eléctrico ocurrido en 2020.
El fallo, dictado por la Sala en lo Civil y Comercial Común del alto tribunal, rechazó el recurso de casación interpuesto por la distribuidora y confirmó la responsabilidad objetiva de la empresa prestadora.
Hechos y antecedentes
El incidente ocurrió el 4 de junio de 2020, cuando un apagón generalizado dejó sin suministro eléctrico a gran parte de la provincia. Tras la restitución de la energía, se produjo una sobrecarga que afectó seriamente diversos electrodomésticos en el domicilio de la usuaria. Ante la negativa de EDET a reparar los daños o asumir responsabilidad, y pese a contar con una resolución favorable del ente regulador ERSEPT, la damnificada decidió iniciar acciones judiciales.
La indemnización
La Justicia condenó a EDET a abonar una suma total de $3.400.000, que contempla los siguientes conceptos:
- Reposición de electrodomésticos
- Indemnización por daño directo
- Resarcimiento por daño moral
- Daño punitivo por la conducta reticente de la empresa
Una decisión ejemplar
“El fallo marca un antes y un después en materia de protección al consumidor en Tucumán. Se reconoce no solo el derecho al resarcimiento, sino también la necesidad de sancionar conductas empresariales que atentan contra los usuarios”, expresó el Dr. Alejandro Daud Álvarez, abogado representante de la parte actora.
La sentencia refuerza la doctrina judicial sobre la responsabilidad de las prestatarias de servicios públicos y la aplicación efectiva de los daños punitivos, orientados a desalentar prácticas lesivas reiteradas.