Estacionamiento privatizado: la empresa reclama la vigencia del cobro del 85% acordado con la Municipalidad de la Capital – Tucumán

Tecno Agro Vial, la firma encargada del cobro del estacionamiento medido, que fue suspendido el pasado miércoles 1 de septiembre, solicitó a la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que revoque el fallo que impide cobrar a los vecinos de San Miguel de Tucumán por el uso del espacio público para estacionar. 

El abogado Mario Racedo, representante de la firma, se presentó en Tribunales para pedir que se le conceda intervención en el expediente 435/22.

El pasado 31 de agosto, la jueza María Felicitas Masaguer remitió a la Municipalidad un pedido de informes, con la finalidad de obtener copias digitalizadas de diversos expedientes vinculados con la concesión del Estacionamiento Medido. Esta solicitud fue realizada tras la presentación de un amparo que tramita el Frente de Organizaciones de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Fodecus), que exigió la nulidad del decreto de adjudicación directa del sistema y que derivó en la suspensión.

La empresa cuestionó la legitimidad de Fodecus para actuar en este expediente, al sostener el Estacionamiento Medido “no involucra la afectación de derechos de los consumidores y usuarios”. “Se trata de una decisión política de administración, tomada en un todo conforme con las disposiciones y facultades contenidas en la Constitución de la Provincia de Tucumán”, según publicó La Gaceta. 

Sobre las acusación de que al momento de la adjudicación la firma se encontraba concursada, desde Tecno Agro Vial, afirmaron que «no se encontraba en concurso preventivo», sino que «estaba en la etapa de cumplimiento del acuerdo preventivo», y que tal proceso «había finalizado». «Resultó totalmente regular la presentación de las declaraciones juradas en las que se indicaba que no había impedimentos para ofertar y su aceptación por parte de la administración municipal», agregaron.

Además, remarcaron que «el contrato de concesión, al ser aprobado por un acto administrativo que cuenta con presunción de legitimidad, no puede ser suspendido sin acreditar mínimamente algún perjuicio».

 «La total omisión de la existencia de un perjuicio al interés público y a los derechos de los usuarios y consumidores priva a la cautelar de toda validez y se convierte en una simple confiscación prohibida por el artículo 17 de la Constitución Nacional», advirtió a pesar de que no se conozca un estudio de costos. 

Horas antes de la suspensión del servicio, el concejal Gonzalo Carrillo Leito en una entrevista con eltucumano.com, “explicó que en el contrato de concesión, en el cuadrante designado, en uno de los anexo que están el contrato, dice que son aproximadamente 393 las cuadras afectadas, cuando el municipio dice que son 300 las aproximadas”, comenzó aclarando. 

Al tener en cuenta el cuadrante afectado, el edil tomó un promedio de 20 autos estacionados por cuadra, que en el lapso de 10 horas en las que rige el estacionamiento medido arroja una recaudación de $6.335.660.

Llevando esta cifra a un nivel mensual, el Concejal afirmó que la recaudación de la empresa por prestar el servicio es de $158.000.000. “De ese total, $134.622.000 quedan para Tecno Agro Vial y solamente $23.756.000 para el municipio. Hay un claro perjuicio al patrimonio municipal”, acusó. 

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